Congelamiento de cuentas: Superintendencia de Bancos aclara reglas tras fallo del Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó detener el bloqueo ilegal de cuentas bancarias sin orden judicial. Esto llevó a la Superintendencia de Bancos (SB) a enviar una circular a los bancos recordándoles las reglas legales para congelar cuentas.
El fallo TC/0952/25, emitido el 17 de octubre de 2025, favoreció a un ciudadano que tuvo su cuenta congelada hasta que demostrara el origen de sus fondos. Él se negó y acudió a la justicia para que le levantaran la inmovilización. El 30 de octubre, la SB reiteró que los congelamientos ordenados por el Ministerio Público no pueden durar más de 72 horas sin confirmación judicial. En cambio, las órdenes de tribunales pueden mantenerse hasta que se ordene lo contrario.
La SB informó que en los últimos cinco años ha gestionado 429 solicitudes de levantamiento de congelamientos, beneficiando a 4729 personas. Además, aclaró que no puede ordenar ni levantar congelamientos, solo canaliza los trámites entre entidades financieras y autoridades.
Finalmente, la SB explicó que la sentencia no afecta los embargos retentivos ni otras medidas conservatorias, y que están trabajando en una propuesta para mejorar las leyes que regulan estos procesos, buscando proteger mejor a los usuarios del sistema financiero.





