El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) aclaró este miércoles que la sentencia que lo condena al pago de cinco millones de dólares a un consorcio por un litigio relacionado con terrenos del antiguo Aeropuerto de Herrera, está sujeta a los recursos previstos por la legislación dominicana y podría llegar nuevamente ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
La institución reaccionó a informaciones publicadas en distintos medios sobre la decisión emitida el pasado 13 de agosto por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, al considerar que estas presentan una "visión incompleta de la situación jurídica del caso".
El fallo ordena al Banco Central pagar cinco millones de pesos, o su equivalente en pesos dominicanos, al Consorcio Mendez Junior-Méndez Cabral,por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de un contrato de dación en pago de un terreno de 5,000 metros cuadrados ubicado en el área del antiguo Aeropuerto de Herrera, en la avenida Luperón, municipio Santo Domingo Oeste.
De acuerdo con el Banco Central, el proceso ha tenido una extensa trayectoria judicial, con decisiones de distintos tribunales, entre ellos el Tribunal Superior de Tierras, y recursos de casación ante la Suprema Corte de Justicia.
La entidad sostuvo que la decisión más reciente de la Corte de Apelación "se encuentra sujeta a los recursos que establece el ordenamiento jurídico dominicano", incluido su eventual conocimiento y decisión por la Suprema Corte.
El Banco Central no informó en su comunicado que haya interpuesto ya un nuevo recurso contra la sentencia, pero señaló que se reserva el ejercicio de las acciones legales que correspondan para defender los intereses de la institución y del Estado dominicano.
Explica origen de la operación
La entidad también ofreció su versión sobre el origen de la transferencia de los terrenos que dio lugar al litigio.
Explicó que la operación se produjo como parte del pago de acreencias a contratistas del Estado por los trabajos de ampliación de la Autopista Duarte, realizados a través de la entonces Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones.
Según el Banco Central, a partir de 1999 entregó a los contratistas, mediante dación en pago y por cuenta del Estado dominicano, terrenos de su propiedad ubicados en Herrera.
Indicó que esas transferencias fueron realizadas a requerimiento del Poder Ejecutivo y previa autorización de la Junta Monetaria.
El contrato de dación en pago posteriormente suscrito con el Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral tuvo como origen una deuda del Estado por la construcción del tramo I de la Autopista Duarte, ascendente a 38.8 millones de pesos.
El litigio surgió porque el consorcio no pudo individualizar ni recibir en posesión el terreno de 5,000 metros cuadrados comprometido mediante el contrato, debido a que había sido cedido anteriormente a otras entidades.
La Corte de Apelación consideró que la imposibilidad de disponer económicamente del inmueble durante casi dos décadas ocasionó perjuicios al consorcio.
Contrato con el CEA
Como parte de su aclaración, el Banco Central agregó que la operación de los terrenos de Herrera estuvo vinculada a un contrato de permuta firmado con el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) el 18 de octubre de 1999 y posteriormente aprobado por el Congreso Nacional.
Mediante ese acuerdo, según explicó la institución, el CEA se comprometió a entregar al Banco Central terrenos situados en el municipio de San José de los Llanos, provincia San Pedro de Macorís, como contraprestación por los inmuebles que el organismo monetario transfirió a los contratistas para cubrir las deudas del Estado.
A partir de esos antecedentes, el Banco Central rechazó cualquier interpretación que presente su actuación como una "apropiación ilegal de terrenos" o como una conducta destinada a perjudicar a los contratistas.
Sostuvo que actuó dentro de sus competencias legales y en cumplimiento de las responsabilidades que le fueron asignadas.
El largo recorrido judicial
La demanda contra el Banco Central fue presentada en junio de 2017 y atravesó distintas instancias judiciales antes de la sentencia del pasado 13 de agosto.
Inicialmente fue declarada inadmisible por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, decisión posteriormente confirmada en apelación.
La Suprema Corte de Justicia casó esa sentencia y remitió nuevamente el expediente a una corte de apelación. Una decisión posterior fue recurrida otra vez en casación por ambas partes, hasta que el expediente llegó a la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación.
Ese tribunal dispuso el pago de cinco millones de dólares a favor del Consorcio Mendes Junior-Méndez Cabral.
El Banco Central reiteró que continuará aportando ante las instancias correspondientes los documentos y argumentos jurídicos con los que busca sustentar su actuación y establecer las responsabilidades relacionadas con el proceso.





