Ministerio de Vivienda debe aplicar Ley de Función Pública, no Código de Trabajo
El Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (Mived) no podrá seguir usando el Código de Trabajo para sus empleados, sino que debe regirse por la Ley sobre Función Pública. Esto cambia la forma en que se manejan los contratos y pagos a sus colaboradores.
El problema surgió porque el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), antes de convertirse en ministerio, pagó prestaciones laborales como cesantía a sus empleados según el Código de Trabajo. Una exempleada demandó a la entidad y ganó varias sentencias que le ordenaron pagarle cerca de 4.5 millones de pesos, basándose en ese código.
Sin embargo, si se aplicara la Ley de Función Pública, el pago máximo sería mucho menor, alrededor de 810,000 pesos. El caso llegó hasta el Tribunal Constitucional, que concluyó que el Mived no puede usar reglamentos internos para ignorar la ley y que debe respetar la jerarquía normativa, es decir, la ley prevalece sobre actos administrativos.
El Tribunal Constitucional anuló la última sentencia a favor de la exempleada y recordó que los conflictos entre empleados públicos y la administración deben resolverse en el Tribunal Superior Administrativo. El caso regresará a la Suprema Corte de Justicia, donde podría tardar varios años más en resolverse, sumando a los 10 años que ya lleva en proceso.





